¿Quiénes somos?

 



Secretaría de Asuntos Docentes

 

El artículo 87° de la Ley Provincial de Educación creó, en 2007, el cargo de Secretario de Asuntos Docentes Distrital:


“ARTÍCULO 87.- La conducción técnico-administrativa de los asuntos docentes estará a cargo de las Secretarías de Asuntos Docentes distritales como órganos desconcentrados de funcionamiento en cada distrito, dependientes de la Subsecretaría de Gestión Educativa. La misma estará a cargo del Secretario de Asuntos Docentes Distrital, quien será designado por el Director General de Cultura y Educación y accederá al cargo por concurso, mediante los mecanismos que a tal fin disponga la Dirección General de Cultura y Educación.”

 

Hoy las Secretarías de Asuntos Docentes Distritales son órganos desconcentrados de la Dirección General de Cultura y Educación dependiendo orgánica y estructuralmente de la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes que a su vez depende de la Subsecretaría de Recursos Humanos.

 

 La Secretaría de Asuntos Docentes (S.A.D.) está a cargo del Secretario de Asuntos Docentes Distrital (Inspector Jefe Técnico-Administrativo Distrital) quien está secundado por el Secretario de Jefatura de S.A.D.

 

 Participa en el planeamiento distrital junto con la Jefatura de Inspección Distrital, el Consejo Escolar y los miembros de la U.E.G.D. (Unidad Educativa de Gestión Distrital).

Conforma un Equipo de Trabajo con los Inspectores Jefes Regionales de Gestión Estatal y Privada, el Inspector Jefe Distrital, el Consejo Escolar, el Tribunal Descentralizado, el C.I.I.E., los gremios docentes y otros actores, organismos e instituciones de la Región para planificar estrategias en el marco del Planeamiento Educativo Regional.

 

Son sus funciones:

a. Recepcionar la inscripción de los aspirantes de Ingreso a la Docencia y de los aspirantes para provisionalidades y suplencias. Listados 108 a) y b).

b. Inscribir a los aspirantes y conformar el Listado 108 a) y b) in fine, de emergencia y difícil cobertura, así como para la implementación de programas especiales a solicitud del Nivel Central.

c. Difundir las pautas y cronogramas que regulan cada una de las inscripciones de los listados mencionados, concursos de títulos, antecedentes y oposición para cargos jerárquicos con carácter de titular y pruebas de selección para asignación de funciones.

d. Convocar a actos públicos de designación de personal docente en carácter de titulares interinos, provisionales y suplentes, para todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo Provincial.

e. Recepcionar, intervenir y diligenciar los recursos de calificación docente, de órdenes de mérito, de Listados de aspirantes de Ingreso a la Docencia, a provisionalidades y suplencias, de Puntaje Anual Docente.

f. Notificar a los docentes los actos administrativos, nóminas de aspirantes de los Listados, Concursos y Pruebas de selección convocados, Movimiento Anual Docente, Acrecentamiento, órdenes de mérito, así como el Puntaje Anual Docente, recepción y diligenciamiento de los reclamos interpuestos.

g. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente y de los procedimientos pautados, en el diligenciamiento de asuntos docentes, relativos a acciones estatutarias.

h. Realizar actos administrativos de asignación, limitación y reconocimiento de funciones transitorias a partir de la solicitud -debidamente fundada- de autoridad competente.

i. Intervenir en todo lo referente a trámite de asuntos docentes vinculados a: servicios provisorios internos e interjurisdiccionales, permutas, cambio de funciones transitorias y definitivas, reubicaciones, reincorporaciones.

j. Convocar, organizar y coordinar la Comisión Distrital para el tratamiento de Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos educativos de todos los Niveles y Modalidades del distrito y el diligenciamiento de las propuestas.

k. Convocar a Comisiones Distritales, organización y clasificación de solicitudes de Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento, presidiéndola a los efectos del análisis y la admisibilidad de las solicitudes.

l. Realizar los movimientos que suponen traslados de docentes dentro del distrito y elevar las propuestas.

m. Derivar las solicitudes que suponen traslados de docentes a otros distritos y cambios de escalafón.

n. Relevar información estadística conforme las pautas dispuestas por el nivel Central.

o. Mantener el funcionamiento del casillero de entradas y salidas como medio de comunicación y distribución de información a los establecimientos educativos y por su intermedio a los docentes.

p. Participar en el planeamiento distrital junto a los otros órganos desconcentrados en el territorio.”

 

Resulta evidente la importancia de las funciones de las SADD, tanto como de los Tribunales de Clasificación, en orden a garantizar el adecuado ejercicio de los derechos de los docentes para transitar la carrera.

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