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Secretaría de Asuntos Docentes de Baradero brinda este espacio para que toda la Comunidad Educativa se mantenga informada acerca de los asuntos docentes.
















¿Quiénes somos?

 



Secretaría de Asuntos Docentes

 

El artículo 87° de la Ley Provincial de Educación creó, en 2007, el cargo de Secretario de Asuntos Docentes Distrital:


“ARTÍCULO 87.- La conducción técnico-administrativa de los asuntos docentes estará a cargo de las Secretarías de Asuntos Docentes distritales como órganos desconcentrados de funcionamiento en cada distrito, dependientes de la Subsecretaría de Gestión Educativa. La misma estará a cargo del Secretario de Asuntos Docentes Distrital, quien será designado por el Director General de Cultura y Educación y accederá al cargo por concurso, mediante los mecanismos que a tal fin disponga la Dirección General de Cultura y Educación.”

 

Hoy las Secretarías de Asuntos Docentes Distritales son órganos desconcentrados de la Dirección General de Cultura y Educación dependiendo orgánica y estructuralmente de la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes que a su vez depende de la Subsecretaría de Recursos Humanos.

 

 La Secretaría de Asuntos Docentes (S.A.D.) está a cargo del Secretario de Asuntos Docentes Distrital (Inspector Jefe Técnico-Administrativo Distrital) quien está secundado por el Secretario de Jefatura de S.A.D.

 

 Participa en el planeamiento distrital junto con la Jefatura de Inspección Distrital, el Consejo Escolar y los miembros de la U.E.G.D. (Unidad Educativa de Gestión Distrital).

Conforma un Equipo de Trabajo con los Inspectores Jefes Regionales de Gestión Estatal y Privada, el Inspector Jefe Distrital, el Consejo Escolar, el Tribunal Descentralizado, el C.I.I.E., los gremios docentes y otros actores, organismos e instituciones de la Región para planificar estrategias en el marco del Planeamiento Educativo Regional.

 

Son sus funciones:

a. Recepcionar la inscripción de los aspirantes de Ingreso a la Docencia y de los aspirantes para provisionalidades y suplencias. Listados 108 a) y b).

b. Inscribir a los aspirantes y conformar el Listado 108 a) y b) in fine, de emergencia y difícil cobertura, así como para la implementación de programas especiales a solicitud del Nivel Central.

c. Difundir las pautas y cronogramas que regulan cada una de las inscripciones de los listados mencionados, concursos de títulos, antecedentes y oposición para cargos jerárquicos con carácter de titular y pruebas de selección para asignación de funciones.

d. Convocar a actos públicos de designación de personal docente en carácter de titulares interinos, provisionales y suplentes, para todos los Niveles y Modalidades del Sistema Educativo Provincial.

e. Recepcionar, intervenir y diligenciar los recursos de calificación docente, de órdenes de mérito, de Listados de aspirantes de Ingreso a la Docencia, a provisionalidades y suplencias, de Puntaje Anual Docente.

f. Notificar a los docentes los actos administrativos, nóminas de aspirantes de los Listados, Concursos y Pruebas de selección convocados, Movimiento Anual Docente, Acrecentamiento, órdenes de mérito, así como el Puntaje Anual Docente, recepción y diligenciamiento de los reclamos interpuestos.

g. Verificar el cumplimiento de la normativa vigente y de los procedimientos pautados, en el diligenciamiento de asuntos docentes, relativos a acciones estatutarias.

h. Realizar actos administrativos de asignación, limitación y reconocimiento de funciones transitorias a partir de la solicitud -debidamente fundada- de autoridad competente.

i. Intervenir en todo lo referente a trámite de asuntos docentes vinculados a: servicios provisorios internos e interjurisdiccionales, permutas, cambio de funciones transitorias y definitivas, reubicaciones, reincorporaciones.

j. Convocar, organizar y coordinar la Comisión Distrital para el tratamiento de Plantas Orgánico Funcionales de los establecimientos educativos de todos los Niveles y Modalidades del distrito y el diligenciamiento de las propuestas.

k. Convocar a Comisiones Distritales, organización y clasificación de solicitudes de Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento, presidiéndola a los efectos del análisis y la admisibilidad de las solicitudes.

l. Realizar los movimientos que suponen traslados de docentes dentro del distrito y elevar las propuestas.

m. Derivar las solicitudes que suponen traslados de docentes a otros distritos y cambios de escalafón.

n. Relevar información estadística conforme las pautas dispuestas por el nivel Central.

o. Mantener el funcionamiento del casillero de entradas y salidas como medio de comunicación y distribución de información a los establecimientos educativos y por su intermedio a los docentes.

p. Participar en el planeamiento distrital junto a los otros órganos desconcentrados en el territorio.”

 

Resulta evidente la importancia de las funciones de las SADD, tanto como de los Tribunales de Clasificación, en orden a garantizar el adecuado ejercicio de los derechos de los docentes para transitar la carrera.

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