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lunes, 1 de agosto de 2022

COMUNICADO N° 145: MARCO NORMATIVO CAMBIO DE FUNCIONES /RECALIFICACIÓN

COMUNICADO N° 145: MARCO NORMATIVO CAMBIO DE FUNCIONES /RECALIFICACIÓN

EQUIPO DE CONDUCCIÓN/SECRETARIOS/DOCENTES

Secretaria de Asuntos Docentes de Baradero informa acerca de la Normativa Vigente sobre CAMBIO DE FUNCIONES/RECALIFICACIÓN LABORAL, según el ART°121 del Estatuto Docente.

ART° 121

El docente que sufra disminución o pérdida de aptitud psico-física y que no le corresponda su Jubilación por Incapacidad tendrá derecho a un Cambio de funciones transitorio o definitivo de acuerdo con las características de la Incapacidad padecida.

CAMBIO DE FUNCIONES

El Cambio de Funciones es para docentes titulares (DECRETO 688/93).

La remuneración es equivalente al total de cargos u horas cátedra titulares que el docente poseyera al momento de producirse el mismo (DECRETO 2485/92). El docente con Cambio de Funciones se desempeñará en el servicio de origen, salvo indicación expresa de la Junta Médica o derivación de SAD a los organismos desconcentrados distritales

RECALIFICACIÓN LABORAL

En los casos de Dictamen de Recalificación Laboral por enfermedad profesional o accidente de trabajo de los docentes titulares, provisionales o suplentes, se deberá proceder a la Asignación de nuevas funciones a los docentes recalificados.

Para el caso de los Provisionales y Suplentes, las nuevas funciones no podrán extenderse más allá de la fecha de término de su designación (ACUERDO PARITARIO Nº 4- 14/8/07).

TRÁMITE DE PROPUESTA DE DESTINO:

Los docentes con Readecuación de Tareas (Cambio de Funciones)/ Recalificación Laboral (por ART), deberán desempeñar sus funciones en el establecimiento de origen, salvo indicación expresa de la Junta Médica o solicitud de cumplimiento de tareas en Organismos Descentralizados (se analizará cada situación personal, y se solicitará documentación anexa).

Una vez otorgado el Dictamen de Junta médica- Readecuación/ Recalificación-, el interesado debe enviar la documentación detallada, para que la SAD labre el Acta de Destino transitorio:

1.      Copia de Dictamen de la Junta Médica

2.      Copia de DNI

3.      COULI

4.      Declaración Jurada de cargos/hs/módulos

El docente que se desempeñe en su establecimiento de origen, sólo deberá presentar copia del Acta de toma de Posesión labrada por los directivos del establecimiento (en la misma debe constar que a partir del día XX  y hasta el día XX el docente se desempeña con cambio de funciones y se detallarán las tareas a realizar, adjuntar dictamen de junta médica)

Se solicita remitir la documentación en un único archivo PDF, desde el correo personal con dominio ABC - al correo sad010@abc.gob.ar

Consignar en Asunto “ASIGNACIÓN DE DESTINO- RECALIFICACIÓN LABORAL/ CAMBIO DE FUNCIONES

LAS ACTAS DE DESTINO SE RENUEVAN ANUALMENTE 
(los docentes que hacen uso de este derecho desde años anteriores deben actualizar el trámite)


El trámite finaliza una vez que, recibida el Acta de Destino, la Institución realiza la Toma de Posesión con Asignación de tareas.

 

Stelli Natalia 

SAD Baradero

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